La mejor parte de asesor de servicio trabajo
El artículo 213.4 de la Clase Militar de la Seguridad Social permite compatibilizar la pensión de jubilación con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Imperceptible Interprofesional (SMI) en cuenta anual, siempre y cuando la actividad por cuenta propia no implique la inclusión del pen